sábado, 7 de marzo de 2015

Rebajas en los costes sociales con la tarifa plana para la contratación indefinida




El objetivo de este contrato es la reducción de la cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la seguridad social de los contratos indefinidos que se celebren entre el 1 de enero de 2015 y 31 de marzo de 2015 a tiempo completo o parcial.

Las reducciones se aplicarán durante un período de 24 meses, computados a partir de la fecha de efectos del contrato, que deberá formalizarse por escrito. Finalizado el período de 24 meses, y durante los 12 meses siguientes, las empresas que al momento de celebrar el contrato al que se aplique la reducción cuenten con menos de diez trabajadores tendrán derecho a una reducción equivalente al 50 por 100 de la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado de manera indefinida 

Las cuantías de los incentivos son:
  • Si la contratación es a tiempo completo, 100 euros/mes.
  • Cuando la jornada de trabajo sea, al menos, equivalente a un 75 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, 75 euros/mes. 
  • Cuando la jornada de trabajo sea, al menos, equivalente a un 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, 50 euros/mes. 

Como aspecto importante hay que destacar que las reducciones previstas no afectarán a la determinación de la cuantía de las prestaciones económicas a que puedan causar derecho los trabajadores afectados, que se calculará aplicando el importe íntegro de la base de cotización que les corresponda.

Las empresas deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. 
  • No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente como improcedentes o por despidos colectivos realizados en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción. A los efectos del cumplimiento de este requisito no se tendrán en cuenta las extinciones que se hayan producido antes del 25 de febrero de 2014. 
  • No haber sido excluidas del acceso a los beneficios de programas de empleo por la comisión de determinadas infracciones graves o muy graves.
  • Celebrar contratos indefinidos que supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total de la empresa. Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores que hayan prestado servicios en la empresa en los treinta días anteriores a la celebración del contrato. 
  • Mantener durante un periodo de 36 meses, a contar desde la fecha de efectos del contrato indefinido con aplicación de la reducción, tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total alcanzado, al menos, con dicha contratación. 

Si piensas que tus próximas contrataciones pueden encajar bien en esta modalidad, no olvides utilizar el asistente de contratos del SEPE.