jueves, 18 de septiembre de 2014

¿Lideras, lideráis, lideramos?



Hace algunos días, por casualidad, llegó a mis manos un libro del gurú Robin Sharma titulado "El líder que no tenía cargo". Sí, llevaba mucha razón quien acuñara esta idea: “un maestro es un libro que habla, pero un libro es un maestro que aún silencioso comunica su pensamiento”. Verdaderamente son los libros los que en muchas ocasiones te sacan del marco y te confirman cosas que son opuestas a como tú creías que eran porque así te las habían contado. El liderazgo no es cosa de uno, ni de dos, ni de tres. Todos podemos hacer de nuestro trabajo cotidiano y normal, algo excepcional. El liderazgo se puede ejercer en cualquier parte del mundo, en cualquier lugar, con colaboradores o sin ellos, en el ámbito laboral o en el privado, si se es abogado o barrendero, en cualquier puesto de trabajo, se tenga o no se tenga "cargo". Todos llevamos un líder dentro, todos podemos ser buenos líderes y todos podemos ejercer el liderazgo.
Ya no comparto la creencia generalizada de que únicamente puede ser líder quien ocupa un determinado puesto en la escala jerárquica de una empresa u organización por la autoridad oficial y formal que ello le confiere o por tener personas a su cargo. ¡Saquemos al líder que llevamos dentro, saquemos lo mejor de nosotros mismos! 
Para ello, no olvidéis leer este extraordinario resumen que seguro os ayudará en muchas facetas de la vida http://ow.ly/BCiVs
Y si el tema os interesa, no os perdáis este vídeo:




sábado, 13 de septiembre de 2014

Voy a ser mamá, ¿tengo derecho a alguna prestación de la Seguridad Social?


Dependiendo del cumplimiento de unos requisitos, podrás acceder a la prestación por maternidad contributiva o al subsidio por maternidad (no contributiva). En esta entrada analizaremos ambas prestaciones para los trabajadores por cuenta ajena.




  •        La prestación por maternidad (contributiva)

 ¿A quién va dirigida?

La prestación por maternidad, adopción y/o acogimiento (16 semanas de descanso, como norma general) va dirigida a trabajadores por cuenta ajena y puede ser solicitada por la madre o el padre, en caso de que ambos trabajen.

Aquí es importante señalar dos circunstancias:
  • Que los dos reúnan los requisitos para acceder a la prestación: la madre deberá disfrutar obligatoriamente las 6 primeras semanas posteriores al parto y el resto (es decir, 10 semanas), podrán ser disfrutadas indistintamente, a opción de la madre, por ella o por el padre.
  • Que la madre no reúna los requisitos, pero el padre sí: la podrá solicitar el padre y además será compatible con el ejercicio del  derecho a la paternidad.

¿Qué requisitos necesito?

Estar afiliado a la Seguridad Social y acreditar distintos períodos de cotización, que varían en función de la edad:

  • Si eres menor de  21 años de edad no se exigirá período mínimo de cotización.
  • Si tienes entre  21 años de edad y eres menor de 26, el período mínimo exigido será de 90 días cotizados dentro de los siete años inmediatamente anteriores al momento de inicio del descanso o tener 180 días cotizados a lo largo de tu vida laboral.
  • Si tienes cumplidos los 26 años de edad el período mínimo de cotización exigido será de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al momento del parto o 360 días a lo largo de tu vida laboral. 
O encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
  • Desempleada y cobrando la prestación por desempleo.
  • Dentro del mes siguiente a la finalización de un cargo público o sindical.
  • Trabajo fuera de España debido a un traslado por parte de mi empresa.
  • He finalizado mi contrato y tengo días de vacaciones pagadas, pero no disfrutadas.
  • Ejerciendo el derecho a huelga o en situación de cierre patronal.
  • Artista profesional o profesional taurina con días de cotización.
  • Diputada o Senadora (en virtud de convenio especial con la Seguridad Social).
  • Víctima de violencia de género con períodos de cotización efectiva.
  • Trabajadora fija-discontinua que no cobra prestación por desempleo contributivo en  los períodos de inactividad.

¿Cuánto me pagan?

La cuantía de tu prestación será el 100% de tu base reguladora, que se obtiene de la base de cotización del mes anterior al inicio del descanso.

Por ejemplo: para a una base reguladora de 40€/día (1.200/30), tendrás derecho a cobrar la siguiente prestación bruta (es decir, antes de impuestos y deducciones):
40€ *7*16 = 4.480€ de prestación.

Si tienes un contrato para la formación y el aprendizaje, la base reguladora será equivalente  al 75 %  de la base mínima de cotización vigente en el momento de dar a luz (753€/mes para 2.014).

753€/30= 25,1*0,75=18,83€ de base reguladora diaria.
18,83€*7*16= 2.108,4€ de prestación bruta.

Echa un vistazo a la explicación de esta nómina para saber dónde puedes encontrar tu base de cotización:


¿Y si cuando estoy de baja por maternidad se acaba mi contrato?

Cuando finalicen las 16 semanas de la prestación, pasarás a la situación legal de desempleo y a percibir, si reúnes los requisitos necesarios, la correspondiente prestación. La prestación por maternidad, no descontará prestación por desempleo.

¿Y si cuando estoy cobrando el desempleo doy a luz?

Se suspende la prestación por desempleo y se empieza a cobrar la prestación por maternidad. Cuando finalice la prestación por maternidad, se reanudará la prestación por desempleo por la duración que restaba por percibir.
  
  •        El subsidio por maternidad (no contributivo)

¿A quién va dirigida?

Si eres trabajadora y reúnes los requisitos anteriores, excepto el del período de cotización, éste es tu subsidio.

¿Cuál es la duración de este subsidio?

Como norma general, la duración de la prestación será de 42 días naturales a contar desde el día del parto.

¿Cuánto me pagan?

La cuantía de la prestación será igual al 100 por 100 del IPREM (17,75 euros/día en 2.014) vigente en cada momento, salvo que la base reguladora fuese de cuantía inferior, en cuyo caso se tomará ésta última.

Teniendo en cuenta al IPREM, la ayuda sería de: 17,75€*42 días= 745,5€ brutos.

Accede a los formularios de solicitud pinchando aquí: http://goo.gl/PoG180

Si tienes cualquier duda o aclaración, dirígete a la oficina de Seguridad Social que tengas más cercana: http://goo.gl/q3PeMv




jueves, 11 de septiembre de 2014

La fuerza de la actitud positiva

Ana María Matute, una de las escritoras más importantes de las letras españolas, decía en una de sus frases brillantes: “El dolor es más llamativo que la felicidad”. Creo, por la propia ley de la costumbre, que así es y que así ocurre con mucho de lo que nos acontece. 

Un ejemplo concreto lo tenemos con los textos y artículos que tratan el llamado síndrome post-vacacional, que se limitan a resaltar los aspectos negativos de nuestra reincorporación. Que si cansancio generalizado, que si fatiga, que si falta de sueño, que si dolor muscular, que si falta de apetito, que si irritabilidad, que si tristeza o falta de interés. Hombre, son tan tristes, que mientras los estamos leyendo, ya nos está entrando la “depresión”. Pero¿por qué esta visión, si  lo lógico y natural es volver al trabajo con ganas y alegría tras un período aceptable de disfrute, descanso, sol, paseo, mar, viajes y etc? 

Está todo en nuestra mente, y por mucho que digan los artículos y las teorías, entrar con optimismo al curro tras las vacaciones, depende mucho de nuestra actitud y motivación positiva. Lo mismo ocurre en nuestro día a día, así que cambia tus pensamientos negativos por ideas positivas y procura conseguir diariamente altos niveles de optimismo con la receta que te propongo a continuación:


  • Practica deporte para tener un buen equilibrio mental.
  • Vive el día a día,  vive el presente y disfruta de tus tareas cotidianas.
  • Después del trabajo, haz cosas que te animen y que te hagan feliz.
  • No olvides cuidar tu alimentación.
  • Sé buena persona y rodéate de gente constructiva y de buen ambiente.
  • Escucha música positiva.
  • No olvides seguir cada día este consejo de Mafalda:




Saludos! 






domingo, 7 de septiembre de 2014

¿Necesitas una supernanny?

Tareas del hogar, limpieza, hijos, ascendientes a cargo y exigencias del puesto de trabajo, son aspectos del día a día que dificultan la conciliación de nuestra vida personal y familiar. La herramienta que os presento facilita la búsqueda de personas de confianza para todo tipo de ayuda doméstica (desde canguros, empleados del hogar, cuidadores de mayores y discapacitados, profesores particulares, cuidadores de mascotas, cocineros, jardineros),  siendo una opción más cómoda y barata que cualquier guardería, residencia o empresa de limpieza, etc.
El portal de familia fácil se dirige a:


  • Familias: quiénes en función de sus necesidades y mediante el pago de una pequeña cuota al mes, podrán acceder a una amplia base de datos con posibles candidatos de confianza.
  • Empresas: las cuáles a través del pago de una cuota fija, podrán facilitar el acceso al portal a sus empleados y que sean ellos quiénes busquen a personal de su confianza.
  • Desempleados: quiénes se podrán inscribir de forma gratuita en el portal para ofrecer sus servicios.

Pincha aquí para acceder a la web: http://familiafacil.es/





miércoles, 3 de septiembre de 2014

Fruta en la oficina

Hace unos días leí un artículo en el periódico que finalizaba diciendo “está todo por inventar”.  Y aunque nos cueste creerlo, es cierto, porque a menudo encontramos nuevas ideas, inventos y apps que no dejan de sorprendernos e impresionarnos. Lo bueno es que así también ocurre con las prácticas y programas de recursos humanos. Atención. Aún queda camino por recorrer y aún quedan programas por inventar.  
La idea de la que hablo emana de la empresa Comefruta, que utiliza como logo el lema “come fruta 24h del árbol a casa u oficina”, permitiendo desde su  página web, la compra on-line de fruta y verdura fresca. Además, presenta una herramienta Excel que permite medir, en función del número de empleados y del salario medio, el beneficio de implantar la acción denominada fruta en la oficina: http://goo.gl/sgUOaG



Por lo anterior escribo este post, porque la idea me parece novedosa y porque los beneficios que aporta deben ser tenidos en cuenta por cualquier empresa u organización: aumento de la productividad, reducción del absentismo por enfermedad, mejora de la salud de los empleados y mejora del clima laboral. Algunas empresas ya lo han probado y parece que funciona. Entonces, ¿por qué no sustituimos las tartas, los dulces y los bollos, por la fruta fresca de temporada?