Mostrando entradas con la etiqueta Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Mostrar todas las entradas

jueves, 30 de mayo de 2019

Guía ciudadana para lidiar con el BREXIT





La Unión Europea ha negociado con Reino Unido un Acuerdo de Retirada que habilita un período transitorio durante el cual se mantienen los derechos de los ciudadanos conforme al acervo comunitario, este acuerdo se encuentra actualmente en período de aprobación tanto por la instituciones europeas como británicas. 

Ante la eventualidad de que Reino Unido pasara a ser tercer Estado, los ciudadanos deben conocer las consecuencias derivadas de la salida de Reino Unido de la Unión Europea.

España es el país de residencia de la mayor comunidad de ciudadanos británicos en Europa y un importante número de españoles residen en Reino Unido.

En esta página encontrarás toda la información necesaria, tanto si eres ciudadano español en UK como si eres ciudadano británico en España.



Licencia Creative Commons




martes, 14 de mayo de 2019

Aplicación práctica del nuevo registro de jornada


Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo:



PREGUNTAS RESPECTO AL ÁMBITO DE APLICACIÓN:

1. ¿A quién se aplica?


A la totalidad de los trabajadores de una empresa, incluidos los trabajadores móviles, comerciales, temporales, trabajadores a distancia o cualquier otra situación en la que la prestación laboral no se realice total o parcialmente en el centro de trabajo. 

EXCEPCIONES:

- Las relaciones laborales de carácter especial con expresa referencia al personal de Alta Dirección.
- Los trabajadores con contrato a tiempo parcial, porque cuentan con una obligación específica de registro regulada en el artículo 12.4 c) del Estatuto de los Trabajadores.
- Trabajadores que a día de hoy ya cuentan con registros específicos de jornada: trabajos móviles (determinados transportes por carretera), trabajadores de la marina mercante, trabajadores que realizan servicios de transporte ferroviario.
- Autónomos y socios de cooperativas de trabajo asociado.
- Sí deberán fichar, los trabajadores que presten sus servicios bajo formas de organización de trabajo tales como: flexibilidad del tiempo de trabajo, distribución irregular de la jornada, trabajo a distancia, teletrabajo y horarios flexibles.

2. Trabajadores cedidos por una ETT y subcontratación:

- Será la empresa usuaria la responsable del registro horario del trabajador cedido por una ETT y durante el tiempo que dure la prestación de servicios. El registro horario se deberá guardar durante 4 años.
- Será la empresa contratista o subcontratista la responsable del registro diario de jornada de los trabajadores empleados por ellas. Si, a su vez, los trabajadores prestan servicios para la contrata principal, se podrá hacer uso del sistema de registro de jornada de aquélla, quien, a su vez, será la responsable de custodiar los registros horarios.

PREGUNTAS SOBRE EL CONTENIDO Y EL SISTEMA DE REGISTRO:

1. La obligación se refiere al registro diario de la jornada de trabajo, al horario concreto de inicio y finalización de la misma y de cada persona trabajadora. La llevanza debe alcanzar la pausas diarias obligatorias y voluntarias.

2. Respecto a los trabajadores desplazados fuera del centro habitual de trabajo, con o sin pernota, se deberá registrar el trabajo efectivo. Este registro no incluirá, intervalos de puesta a disposición de la empresa, independientemente de su compensación con dietas o suplidos. No obstante, resulta conveniente su registro, de cara a la separación temporal de ambos períodos.

3. Será válido cualquier sistema o medio, en soporte papel o telemático apto para cumplir el objetivo legal. La información deberá ser fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori, ya sea por el empresario o por el propio trabajador.


PREGUNTAS SOBRE LA CONSERVACIÓN Y ACCESO AL REGISTRO:

1. Los registros se deberán conservar en cualquier medio que garantice la preservación, fiabilidad e invariabilidad a posteriori del contenido.

2. Los registros deberán permanecer en la empresa y estarán a disposición de trabajadores, representantes de los trabajadores e Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se debe interpretar en el sentido de estar "físicamente presentes" en el centro de trabajo.

PREGUNTAS SOBRE EL REGISTRO DE HORAS EXTRAORDINARIAS:

1. El registro diario de jornada y el registro de horas extraordinarias son obligaciones legales independientes y compatibles. Además, el registro de la jornada ordinaria se puede utilizar simultáneamente para el cumplimiento de la obligación de registro de las horas extraordinarias.

Pincha aquí para acceder a la guía completa del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.


Licencia Creative Commons

miércoles, 31 de enero de 2018

Publicada la Orden de Cotización para 2018






La Orden ESS/55/2018, de 26 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2018, mantiene las normas previstas en la LPGE para 2017 a la espera de la aprobación de los presupuestos correspondientes al presente ejercicio. No obstante, se han llevado a cabo las adaptaciones exigidas por las modificaciones legales contenidas en normas publicadas con posterioridad a la LPGE 2017 (RDL 14/2017Ley 6/2017 o RD 1077/2017, entre otras), destacándose lo siguiente:
  • Fijación del tope mínimo de cotización (858,60 €/mes).
  • Adaptación de las bases mínimas del Régimen General y regímenes asimilados, de las bases mínimas aplicables a los trabajadores incluidos en el sistema especial del Régimen General de los trabajadores agrarios por cuenta ajena y de las bases de cotización aplicables en el sistema especial del Régimen General de los empleados de hogar.
  • Adaptación de las bases de cotización del RETA y del sistema especial para trabajadores por cuenta agrarios establecido en el RETA.
  • Incremento de los tipos de cotización por contingencias comunes a cargo del empleador y del empleado aplicables en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, así como el tipo de cotización a cargo del empresario correspondiente a los trabajadores incluidos en los grupos de cotización 2 a 11 del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, conforme al incremento paulatino de los mismos previsto en las disposiciones transitorias decimosexta y decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  • Adaptación de las bases de cotización establecidas con carácter general a los supuestos de contratos a tiempo parcial.
  • Se fijan las cuotas en los contratos para la formación y el aprendizaje.
  • Se fijan los coeficientes aplicables para determinar la cotización a la Seguridad Social en supuestos específicos, como son los de convenio especialcolaboración en la gestión de la Seguridad Social o exclusión de alguna contingencia.
  • Se establecen los coeficientes para la determinación de las aportaciones a cargo de las mutuascolaboradoras con la Seguridad Social al sostenimiento de los servicios comunes de la Seguridad Social.
  • Se fijan los valores límite de los índices de siniestralidad general y de siniestralidad extrema (Anexo), correspondientes al ejercicio 2017, y el volumen de cotización por contingencias profesionales a alcanzar durante el período de observación (5.000 €), para el cálculo del incentivo previsto en el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.

Fuente: CEF.- Laboral-Social

domingo, 24 de agosto de 2014

¿Cómo puedo conseguir mi tarjeta sanitaria europea?

No olvides tu Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), si estás pensando viajar por algún motivo (laboral, vacaciones, estudios), a alguno de los países siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza.






La puedes conseguir por alguna de estas vías:
Por teléfono (901166565)
Por Internet http://goo.gl/0Xjwou                             
Centro de Atención e Información de la Seguridad Social http://goo.gl/AvWKmd más cercano a tu domicilio. 

sábado, 23 de agosto de 2014

¿Conoces el buzón de lucha contra el fraude a la Seguridad Social?

La campaña de concienciación "Dale la vuelta al fraude" que el año pasado puso en marcha el Ministerio de Empleo y Seguridad Social está dando sus frutos.




El sistema de denuncias anónimas del buzón de fraude laboral  ha permitido aflorar 1.592 empleos sumergidos y recuperar 1,4 millones de euros en cuotas a la Seguridad Social.
Si estás trabajando sin contrato o sin estar dado de alta en la Seguridad Social, aquí tienes el enlace que te puede ayudar a regularizar tu situación: